Cuidado con cortar o podar un árbol en tu propiedad
Muchas veces damos por supuesto que podemos realizar algunas labores en nuestro jardín, pero a veces no tenemos en cuenta las normas que hay para realizarlas. Hoy explicaremos como cortar o podar un árbol en tu propiedad puede depararnos alguna desagradable sorpresa en forma de multa, si no .
Por lo general creemos que cuando un árbol está dentro de nuestra propiedad, podemos cortarlo sin ningún tipo de permiso. Pero no es del todo acertado ya que depende de donde estemos. En España esta normativa depende de la localidad o de la comunidad autónoma que tiene transferidas las competencias en materia de medio ambiente.
Preguntar antes de realizar la labor.
En general, y para cualquier tipo de labor, deberíamos consultar al ayuntamiento en el que estemos. Hay que decir que los trabajos de jardinería en general son trabajos que están considerados una modificación menor. Por lo tanto, no necesitan licencia. Pero sí que puede haber alguna normativa local que nos obligue a ello.
El ejemplo de la comunidad de Madrid.
En la comunidad que más trabajamos, en la comunidad de Madrid el talado o poda de los árboles se rige a través de la Ley de Protección y fomento del arbolado urbano.
Esta ley prohíbe la tala y poda de todos los árboles protegidos por la ley. Permitiendo la tala en algunos casos, como en los que afecta a una construcción y cuando no es posible el trasplante.
Y por supuesto, hay sanciones para que se cumpla esta ley. Así las sanciones estipuladas van desde los 300€ y 1000€ y las muy graves con multas de hasta 500000€. Imponiéndose las multas tanto al propietario como al que realiza la poda o tala.
Como veis, en el caso de la comunidad de Madrid el hacerlo sin solicitar permiso puede salir muy caro. Las multas no son ninguna broma, así que, como hemos indicado anteriormente, es más que aconsejable consultar al ayuntamiento antes de realizar alguna tala o poda. Estos te podrán decir si necesitas permiso atendiendo a la normativa autonómica o municipal.
Para mayor información.
– Ley 8/2005 de Protección y Fomento del Arbolado Urbano de la Comunidad de Madrid.